Las vacaciones anuales son uno de los derechos laborales más importantes y, sin embargo, muchas personas no tienen claro cuántos días les corresponden ni cómo se calculan cuando no han trabajado el año completo. En esta guía te explicamos todo lo que necesitas saber sobre las vacaciones en España según la legislación vigente en 2026.
1. ¿Cuál es el mínimo legal de vacaciones?
El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores establece que todo trabajador tiene derecho a un mínimo de 30 días naturales de vacaciones al año, equivalentes a 22 días hábiles (laborables). Este es el mínimo que garantiza la ley.
Tu convenio colectivo puede mejorar esta cifra, por ejemplo estableciendo 23, 25 o incluso 30 días hábiles. Lo que nunca puede hacer es reducirla por debajo de los 30 naturales.
2. Cálculo proporcional si no has trabajado el año completo
Si te incorporaste a la empresa a mitad de año o tu contrato termina antes de fin de año, las vacaciones se calculan proporcionalmente:
Días de vacaciones = (días de vacaciones anuales ÷ 12) × meses trabajados
Con 22 días hábiles al año, eso equivale a 1,83 días por mes trabajado. Con 30 días naturales, son 2,5 días naturales por mes.
Ejemplo — trabajador que empezó en abril
- Vacaciones anuales: 22 días hábiles
- Meses trabajados hasta diciembre: 9
- Días de vacaciones: (22 ÷ 12) × 9 = 16,5 días hábiles
Los decimales se suelen redondear al alza si superan 0,5 y al baja si no, aunque esto puede variar según el convenio.
3. ¿Cuándo puedo disfrutar las vacaciones?
Las fechas se fijan de mutuo acuerdo entre empresa y trabajador. La ley establece varias reglas:
- Debes conocer las fechas con al menos 2 meses de antelación.
- Al menos uno de los periodos debe ser de 14 días naturales consecutivos (2 semanas).
- El resto puede fraccionarse según acuerdo.
- Si no hay acuerdo, el Juzgado de lo Social decide.
4. Baja médica y vacaciones
Si te pones enfermo durante las vacaciones y obtienes un parte de baja médica por incapacidad temporal, esos días no se consideran vacaciones. Tienes derecho a disfrutarlos en otro momento.
Las vacaciones que coincidan con la baja por maternidad, paternidad o riesgo durante el embarazo tampoco se pierden: las podrás disfrutar una vez finalice la baja, incluso si ya ha terminado el año natural, dentro de los 18 meses siguientes.
5. Vacaciones a tiempo parcial
Si trabajas a media jornada o a tiempo parcial, tienes derecho a los mismos días de vacaciones que un trabajador a jornada completa. Lo que cambia es la retribución: si cobras la mitad del salario, cada día de vacaciones se retribuye con la mitad.
6. Vacaciones pendientes en el finiquito
Cuando termina tu relación laboral (por el motivo que sea), las vacaciones generadas pero no disfrutadas se pagan en el finiquito. El cálculo es:
Vacaciones pendientes = salario diario × días de vacaciones no disfrutados
Ejemplo — finiquito con vacaciones pendientes
- Salario bruto anual: 24.000 €
- Salario diario: 24.000 ÷ 365 = 65,75 €/día
- Días de vacaciones pendientes: 8 días
- Importe en finiquito: 65,75 × 8 = 526,00 €
7. ¿Qué hacer si no me dan las vacaciones?
Si tu empresa no te permite disfrutar de tus vacaciones o te las deniega sin motivo, tienes varias opciones:
- Habla con RRHH o tu superior y solicita las vacaciones por escrito (email o formulario interno). Tener la negativa documentada es importante.
- Consulta tu convenio colectivo: puede establecer reglas más favorables o un procedimiento específico.
- Denuncia ante la Inspección de Trabajo: si la empresa incumple sistemáticamente, puede recibir una sanción.
- Demanda ante el Juzgado de lo Social: puedes solicitar que el juez fije las fechas de tus vacaciones si no hay acuerdo con la empresa.