Acabas de recibir la carta de despido y algo no cuadra. Quizá no hay causa real, quizá no te han dado preaviso, o quizá las razones son vagas. Si crees que tu despido no está justificado, probablemente estés ante un despido improcedente. Y tienes solo 20 días hábiles para actuar.
Esta guía te explica, paso a paso, qué hacer desde el momento en que recibes la carta hasta la resolución del caso. Lo más importante: no dejes pasar el tiempo.
1. ¿Qué es un despido improcedente?
Un despido es improcedente cuando la empresa no puede demostrar la causa alegada o no ha cumplido los requisitos formales exigidos por la ley. Está regulado en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores.
Un despido puede declararse improcedente por varias razones:
- La carta de despido no detalla los hechos concretos o las fechas.
- La empresa no puede probar la causa disciplinaria (bajo rendimiento, faltas de asistencia, etc.).
- No se ha seguido el procedimiento correcto (falta de carta escrita, omisión del preaviso en despido objetivo, etc.).
- Las causas económicas, técnicas u organizativas alegadas no se acreditan con documentación.
2. Qué hacer en las primeras 48 horas
Los primeros días son críticos. Estas son las acciones que debes tomar inmediatamente:
Revisa y firma la carta "no conforme"
Cuando te entreguen la carta de despido, léela con atención. Si no estás de acuerdo, escribe "recibido, no conforme" junto a tu firma. Firmar no significa aceptar el despido: simplemente acredita que has recibido el documento. Pide siempre una copia.
Guarda toda la documentación
Reúne y conserva: la carta de despido, tu contrato de trabajo, las últimas nóminas, el documento de finiquito, correos electrónicos relevantes, capturas de WhatsApp con instrucciones laborales y cualquier prueba que pueda ser útil.
Consulta con un abogado laboralista
Aunque puedes reclamar por tu cuenta, un profesional puede evaluar si tu caso tiene recorrido y cuánto podrías obtener. Si tus ingresos son bajos, tienes derecho a asistencia jurídica gratuita.
Solicita el paro
Puedes solicitar la prestación por desempleo desde el día siguiente al despido. Tienes 15 días hábiles para hacerlo en el SEPE. Reclamar el despido no te impide cobrar el paro.
3. El plazo de 20 días hábiles
Tienes exactamente 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido para presentar la papeleta de conciliación. Es un plazo de caducidad: si se pasa, pierdes el derecho a reclamar.
4. Papeleta de conciliación (SMAC)
El primer paso legal obligatorio es presentar una papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de tu comunidad autónoma. Este trámite es gratuito y obligatorio antes de poder acudir al juzgado.
La papeleta debe incluir tus datos personales, los datos de la empresa, la fecha del despido, los hechos y lo que reclamas (indemnización o readmisión). Se puede presentar de forma presencial o telemática según la comunidad autónoma.
Una vez presentada, se convocará un acto de conciliación donde ambas partes intentan llegar a un acuerdo. Si hay acuerdo (lo más habitual), se firma y se cierra el caso. Si no hay acuerdo, se levanta acta de "sin avenencia" y se abre la vía judicial.
5. Demanda ante el Juzgado de lo Social
Si la conciliación no prospera, el siguiente paso es presentar una demanda por despido ante el Juzgado de lo Social. El plazo restante de los 20 días se reanuda desde el día siguiente al intento de conciliación.
En el juicio, el juez puede declarar el despido como:
- Procedente: la empresa tenía razón. No hay indemnización adicional.
- Improcedente: la empresa no ha acreditado la causa. Debe elegir entre readmitirte o pagar indemnización.
- Nulo: el despido vulnera derechos fundamentales (discriminación, represalia). Readmisión obligatoria con salarios de tramitación.
6. ¿Cuánto cobro si el despido es improcedente?
Si el despido se declara improcedente, la empresa elige entre readmitirte o pagarte una indemnización. La indemnización se calcula así:
| Período | Indemnización | Tope |
|---|---|---|
| Desde 12/02/2012 | 33 días de salario por año trabajado | 24 mensualidades |
| Antes del 12/02/2012 | 45 días de salario por año trabajado | 42 mensualidades |
Si tu contrato es anterior a 2012, se aplica el sistema de "doble escala": los años previos a esa fecha se calculan a 45 días y los posteriores a 33 días.
Ejemplo — trabajador con 5 años de antigüedad
- Salario bruto anual: 30.000 €
- Salario diario: 30.000 ÷ 365 = 82,19 €/día
- Indemnización: 33 días × 5 años × 82,19 € = 13.561,35 €
- Tope (24 mensualidades): 30.000 ÷ 12 × 24 = 60.000 € → no aplica tope
La indemnización por despido improcedente está exenta de IRPF hasta 180.000 €, siempre que sea la cantidad legalmente establecida.
7. Errores comunes que debes evitar
- Dejar pasar los 20 días hábiles: es el error más grave. Una vez que caduca el plazo, no hay nada que hacer.
- Firmar documentos sin leerlos: especialmente el finiquito. Añade siempre "no conforme" si tienes dudas.
- No guardar pruebas: correos, WhatsApps, nóminas, registro de jornada. Una vez fuera de la empresa, puede ser difícil acceder a ellos.
- No pedir el paro a tiempo: tienes 15 días hábiles desde el despido para solicitarlo en el SEPE.
- Pensar que no merece la pena reclamar: muchos casos se resuelven favorablemente en conciliación sin necesidad de juicio.