Desde enero de 2023, México duplicó los días mínimos de vacaciones con la reforma de "vacaciones dignas". Si trabajas por cuenta ajena en México, esta guía te explica exactamente cuántos días te corresponden según tu antigüedad, qué es la prima vacacional y cómo reclamar si tu empresa no cumple.
1. Tabla de vacaciones por antigüedad (Art. 76 LFT)
El artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo establece que los trabajadores tienen derecho a un mínimo de 12 días laborables de vacaciones pagadas desde el primer año de servicio. Este período aumenta progresivamente:
| Años de servicio | Días de vacaciones |
|---|---|
| 1 año | 12 días |
| 2 años | 14 días |
| 3 años | 16 días |
| 4 años | 18 días |
| 5 años | 20 días |
| 6 a 10 años | 22 días |
| 11 a 15 años | 24 días |
| 16 a 20 años | 26 días |
| 21 a 25 años | 28 días |
| 26 a 30 años | 30 días |
| 31 a 35 años | 32 días |
2. Prima vacacional: el 25% adicional
Además de los días de descanso, el artículo 80 de la LFT establece que el trabajador tiene derecho a una prima vacacional no menor del 25% sobre el salario correspondiente al período de vacaciones.
Ejemplo — prima vacacional primer año
- Salario diario: 500 MXN
- Días de vacaciones (1er año): 12
- Salario de vacaciones: 500 × 12 = 6.000 MXN
- Prima vacacional (25%): 6.000 × 0,25 = 1.500 MXN
- Total a recibir: 6.000 + 1.500 = 7.500 MXN
3. ¿Cómo y cuándo disfrutar las vacaciones?
La LFT establece varias reglas sobre el disfrute de las vacaciones:
- Debes disfrutar al menos 12 días continuos (Art. 78 LFT).
- El resto de los días los puedes distribuir como quieras, en acuerdo con tu patrón.
- Las vacaciones no pueden compensarse con dinero mientras dure la relación laboral (Art. 79 LFT).
- El patrón debe entregarte una constancia de antigüedad con el periodo de vacaciones que te corresponde (Art. 81 LFT).
4. Vacaciones proporcionales al salir de la empresa
Si tu relación laboral termina antes de cumplir el año de servicio, tienes derecho a vacaciones proporcionales al tiempo trabajado:
Vacaciones proporcionales = (días de vacaciones anuales ÷ 365) × días trabajados
Estas vacaciones se pagan en el finiquito junto con su prima vacacional correspondiente.
Ejemplo — trabajador que sale a los 8 meses
- Días de vacaciones anuales (1er año): 12
- Meses trabajados: 8
- Vacaciones proporcionales: (12 ÷ 12) × 8 = 8 días
- Salario diario: 400 MXN
- Pago vacaciones: 400 × 8 = 3.200 MXN
- Prima vacacional: 3.200 × 0,25 = 800 MXN
- Total en finiquito: 4.000 MXN
5. ¿Qué hacer si tu empresa no te da vacaciones?
Si tu patrón se niega a concederte las vacaciones o no te paga la prima vacacional, puedes:
- Acudir a la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo): ofrece asesoría y representación legal gratuita.
- Llamar al CISSEL al 800-911-7877 o consultar en profedet.gob.mx.
- Presentar una queja ante la Inspección Federal del Trabajo.
- El plazo para reclamar prestaciones laborales es de 1 año (Art. 516 LFT).